La Junta de Andalucía reduce en un 99% el impuesto de Sucesiones a los agricultores

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto Ley de Medidas Relativas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que rebaja la carga tributaria de las herencias, reforzando su progresividad y equidad, con el fin de favorecer a las rentas medias y trabajadoras de la comunidad autónoma. La norma, que entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, modifica el Decreto Legislativo 1/2009 por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por Andalucía en materia de tributos cedidos.

El decreto ley establece también una reducción automática del 99% en herencias o donaciones de explotaciones agrarias, con el fin de facilitar el relevo generacional en este sector clave de la economía regional.

La principal novedad es la ampliación de las deducciones por la herencia de vivienda habitual para los descendientes directos que hubieran convivido con el causante durante los dos años anteriores al fallecimiento. La desgravación oscilará entre el 100% para inmuebles de hasta 122.606,47 euros y el 95% para aquellos con un valor real de más de 242.000 euros. Otra de las reformas introducidas en este ámbito es la reducción del periodo de mantenimiento del inmueble recibido de diez a tres años, a partir de los cuales los herederos podrán venderlo.

Los requisitos para acceder a esta desgravación se flexibilizan, de forma que ya no será necesario que el ejercicio de la actividad agrícola se desarrolle de manera personal y directa por la persona fallecida que deja la herencia, sino también por su cónyuge o descendientes en los casos en los que el titular de la explotación estuviera jubilado o en situación de incapacidad permanente. Además, se suprime la condición de que haya sido su principal fuente de renta, dada la naturaleza de los rendimientos de este tipo de empresas altamente dependientes de la temporalidad de las campañas agrícolas.

En las herencias y donaciones de explotaciones agrarias también se reduce el periodo de mantenimiento de la actividad para beneficiarse de las deducciones fiscales, desde diez años a los cinco años.

El decreto ley aprobado supone la primera fase de la reforma del impuesto. La segunda, que se tramitará en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para que entre en vigor el 1 de enero de 2017, corregirá el error de salto que actualmente afecta al tributo y mejorará la ponderación de las deducciones y los requisitos de acceso a las bonificaciones. De este modo, se aumentará el mínimo exento de tributación para las herencias recibidas por parientes directos, que pasará de 175.000 euros a 250.000 euros. Además, para bases imponibles de entre 250.000 y 350.000 euros se creará una reducción de 200.000 que corregirá el salto en esta franja de herencias.

Estas modificaciones adaptarán el impuesto a la realidad económica y social de la comunidad autónoma, lo que redundará en un aumento de la renta disponible para los ciudadanos andaluces. El objetivo es aprovechar la incipiente recuperación económica para avanzar en un mapa fiscal más beneficioso para las familias y las empresas, favoreciendo un entorno de oportunidades de empleo e inversión.

26/07/2016 – Junta de Andalucía


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